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Colegio de Procuradores

Un Colegio de Procuradores es una Corporación de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para la ordenación del ejercicio de la profesión de procurador

Cualquier ciudadano que no esté familiarizado con el mundo jurídico tiene dudas respecto a la figura del procurador, sus funciones, o cuándo es necesaria su participación.

Procurador qué es?

Podemos definirlo como un profesional jurídico, que participa en los procedimientos judiciales en los que nos vemos inmersos en diferentes ocasiones.

El procurador en un licenciado en derecho colegiado en uno de los diferentes Colegios de Procuradores existentes en España y cuya principal misión es la de representarnos en los Juzgados y Tribunales.

Además de la principal función de representación en toda clase de procesos jurisdiccionales, colabora con la Administración de Justicia en la correcta tramitación de los procedimientos judiciales.

Procurador y Abogado diferencia

La diferencia entre el procurador y el abogado es, que mientras que el primero (procurador) representa a su cliente, el segundo (el abogado) lo asiste.

Es decir, la figura del procurador es la de representación de su cliente, mientras que la figura del abogado es la de asistencia jurídica a dicho cliente.

Ambas figuras son incompatibles entre sí, aunque ambos son licenciados en derecho.

Procurador y abogado serán los profesionales que se encargarán de que todo el procedimiento se desarrolle con normalidad.

Procurador qué hace?

Hablábamos anteriormente de la función de representación. Pues bien, el procurador comparece en el juicio en el nombre de su representado (cliente).

Además, y como decíamos anteriormente, es el nexo de unión entre los juzgados y los abogados y clientes.

Los juzgados notifican o comunican los diferentes trámites del proceso judicial a los procuradores, y éstos, a su vez, a los abogados que asisten a sus clientes.

Los procuradores se personan en los juzgados para preguntar por las actuaciones, y tratan de agilizar el proceso y solucionar o subsanar defectos procesales que pudieran darse, entre otros cometidos.

También acompañan a las comisiones judiciales en el caso de practicarse embargos, o la toma posesoria de inmuebles.

Otras funciones de los procuradores son aquellas relacionadas con el pago de los costes del procedimiento, las tasas, o los depósitos, encargándose por lo tanto de aquellas tareas del “día a día” ante los Juzgados.

Cuándo se necesita un procurador?

Lo que más nos interesa saber es en qué supuestos es obligatorio tener un procurador.

La respuesta es que depende del tipo de procedimiento.

Las principales jurisdicciones son el orden civil, el orden penal, el orden social -también llamado laboral -, y el orden contencioso administrativo.

Pues bien, dependiendo de en qué jurisdicción nos encontremos, tendremos obligación de tener procurador o no. A continuación pasamos a describir los diferentes supuestos.

Procuradores en el ámbito civil

Con carácter general necesitaremos procurador en el ámbito civil, excepto en los casos de juicios verbales cuya cuantía sea inferior a 2000€.

Tampoco será necesario en la petición inicial de los procedimientos monitorios.

En aquellos escritos donde se solicite la adopción de medidas urgentes con anterioridad al juicio.

Para los escritos de personación, o la solicitud urgente de suspensión de vistas y/o actuaciones.

Procuradores en el ámbito penal

En los delitos leves la asistencia de abogado y representación de procurador es opcional y por lo tanto NO obligatoria.

En el orden penal será necesaria la figura del procurador a partir de que se dicte el auto de apertura de juicio oral.

Procuradores en la Jurisdicción Social

En la jurisdicción laboral o social no  será necesaria la participación del procurador.

De hecho en primera instancia tampoco será necesaria la participación de abogado.

Jurisdicción Contencioso Administrativa

En la jurisdicción contencioso administrativa el uso de los procuradores dependerá del órgano judicial.

Mientras que en los órganos unipersonales no será obligatoria dicha representación (Juzgados de lo Contencioso Administrativo), ante los órganos colegiados como los Tribunales Superiores de Justicia, la Audiencia Nacional, o el Tribunal Supremo, la misma será obligatoria.

Dónde puedo contratar los servicios de un procurador

Nuestros abogados nos informarán con carácter previo de aquellos procedimientos en los que será necesita la participación de un procurador.

Los mismos abogados que nos asisten suelen ocuparse también de contratar a los procuradores -que normalmente son de su confianza, y que saben que hacen un buen trabajo-.

Por lo tanto, si no se tienen referencias o no conoce a ninguno, lo mejor es que dejen que el propio abogado elija alguno con el que trabaje de forma habitual. 

En el caso de disponer de asistencia jurídica gratuita, y tener la obligatoriedad de participación de un procurador, le será asignado uno de oficio.

Desde que momento nos representa el procurador?

El procurador nos representará desde el momento en el que le otorguemos los “poderes”

Se podrán otorgar poderes de dos formas diferentes:

Poder notarial

En este caso deberemos acudir a un notario y otorgar un «poder general para pleitos”.

Para ello deberemos identificar a los concretos procuradores designados. Normalmente se designarán varios dependiendo del ámbito geográfico o territorial concreto.

Apoderamiento apud acta

Este tipo de apoderamiento se realiza en el mismo Juzgado.

Como ventaja principal debemos destacar su carácter gratuito, y, como desventaja, que deberemos desplazarnos al Juzgado cuando nos sea indicado.

Nuestra recomendación es sin duda alguna realizar un poder notarial. Es más rápido, evitamos demoras, y tendrá validez para posteriores procedimientos.

Lista de Colegios de Procuradores

Procuradores en el País Vasco

En el País Vasco podemos encontrar el ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE ALAVA, el de GUIPUZCOA, así como el de VIZCAYA.

Comunidad Valenciana

La Comunidad Valenciana dispone de cuatro Colegios de Procuradores: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE ALICANTE, el de CASTELLON, el de ELCHE y el Colegio de Procuradores de Valencia.

Andalucía

Andalucía cuenta con diez Colegios de Procuradores: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE ALMERIA, ANTEQUERA, CADIZ, CORDOBA, GRANADA, HUELVA, JAEN, JEREZ DE LA FRONTERA, MALAGA y el Colegio de Procuradores de Sevilla.

Castilla y León

En Castilla y León al igual que el Andalucía cuentan con diez colegios de procuradores. Por orden alfabético encontraremos: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE AVILA, BURGOS, CIUDAD REAL, LEON, PALENCIA, SALAMANCA, SEGOVIA, SORIA, VALLADOLID, y el ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE ZAMORA.

Extremadura

Extremadura dispone de un colegio de procuradores por provincia: BADAJOZ y CACERES.

Islas Baleares

Las Islas Baleares cuentas únicamente con el COLEGIO DE PROCURADORES DE BALEARES.

Cataluña

Cataluña tiene nueve Colegios de Procuradores: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE BARCELONA, GIRONA, LLEIDA, MANRESA, MATARO, REUS, TARRAGONA, TERRASSA, y el Colegio de Procuradores de TORTOSA.

Cantabria

En Cantabria tendremos únicamente el COLEGIO DE PROCURADORES DE CANTABRIA.

Murcia

La Región de Murcia cuenta con cuatro Colegios de Procuradores: El ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE CARTAGENA, LORCA, el Colegio de Procuradores de MURCIA, y el de YECLA.

Ceuta

La Ciudad Autónoma de Ceuta: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE CEUTA

Castilla La Mancha

Castilla la Mancha dispone de cinco colegios de procuradores: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE CUENCA, GUADALAJARA, TOLEDO, VALDEPEÑAS y el COLEGIO DE PROCURADORES DE ALBACETE.

Asturias

Asturias cuenta con dos Colegios de Procuradores: GIJON y OVIEDO.

Aragón

Aragón cuenta con tres. Uno en cada provincia: HUESCA, TERUEL y ZARAGOZA.

Galicia

En Galicia encontramos cinco Colegios de Procuradores: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE LA CORUÑA, LUGO, ORENSE, PONTEVEDRA, SANTIAGO DE COMPOSTELA y el COLEGIO DE PROCURADORES DE VIGO.

La Rioja

ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE LA RIOJA

Islas Canarias

Las Islas Canarias disponen de un COLEGIO DE PROCURADORES DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA y del COLEGIO DE PROCURADORES DE TENERIFE.

Procuradores en Madrid

La Comunidad de Madrid cuenta con un único Colegio de Procuradores. Posiblemente el Colegio de Procuradores de Madrid sea el de mayor número de colegiados.

Melilla

Ciudad Autónoma de Melilla: ILUSTRE COLEGIO DE PROCURADORES DE MELILLA

Navarra

En Navarra encontraremos el COLEGIO DE PROCURADORES DE NAVARRA

Procurador de Oficio

Si requiere asistencia jurídica gratuita deberá dirigirse al Colegio de Abogados más cercano a su domicilio para iniciar la correspondiente solicitud. Visite esta web para localizar su Colegio de Abogados en España

Cuando le sea asignado abogado de oficio, y en el caso de requerir los servicios de un procurador, le será asignado un procurador de oficio igualmente.

Colegio de Procuradores de España

Si desea localizar su Colegio de Procuradores visite la web del Consejo General de Procuradores de España